Pacto de pago en divisas para Planes pagaderos únicamente en moneda extranjera
Versión: 2026-09-14.1
Fecha de entrada en vigencia: 14 de septiembre de 2026
1. Partes y objeto
1.1. El presente Pacto se celebra entre Jose Oscar Villarroel Bouza, RIF N.º V21.480.489-8, con domicilio en Valencia, Carabobo, República Bolivariana de Venezuela (en adelante, "Shoppah" u "Operador"), y el Vendedor que lo acepta electrónicamente (en adelante, el "Vendedor").
1.2. Este Pacto complementa los Términos y Condiciones de Uso de Shoppah (en adelante, los "Términos"), de los cuales forma parte integrante, y desarrolla lo previsto en su Cláusula 7.1 respecto de los Planes pagaderos únicamente en divisas o criptoactivos. En caso de contradicción entre este Pacto y los Términos, prevalece este Pacto en lo relativo a la moneda y los métodos de pago del Plan al que se refiere.
1.3. El Pacto aplica exclusivamente a los Planes que la Plataforma identifica, al momento de la contratación, como pagaderos únicamente en divisas o criptoactivos (en adelante, los "Planes en Divisas"). A la fecha de esta versión, el único Plan en Divisas es el Plan Max. La Plataforma indica en la tarjeta de cada Plan, antes de contratarlo, si se trata de un Plan en Divisas y con qué métodos se paga.
2. Pacto expreso de pago exclusivo en moneda extranjera
2.1. El Vendedor y Shoppah acuerdan de mutuo acuerdo y de forma expresa que el precio de todo Plan en Divisas se fija y se paga exclusivamente en dólares de los Estados Unidos de América (USD), en la divisa que la Plataforma habilite como equivalente 1:1 para un método de pago determinado (por ejemplo, euros vía Bizum), o en el criptoactivo aceptado (por ejemplo, USDT vía Binance Pay), a través de los métodos de pago habilitados para ese Plan en la Plataforma en cada momento.
2.2. En consecuencia, el Vendedor renuncia, para los Planes en Divisas, a la facultad de liberarse de la obligación de pago entregando el equivalente en bolívares a la tasa de cambio oficial, facultad que de otro modo reconocería la legislación venezolana. Esta renuncia se limita al pago del precio de los Planes en Divisas y no afecta ningún otro cobro, ni los pagos entre el Vendedor y sus Compradores, en los que Shoppah no interviene (Cláusula 3.3 de los Términos).
2.3. El Vendedor declara que contrata el Plan en Divisas de forma libre y voluntaria, que existen en la Plataforma Planes alternativos pagaderos en bolívares vía Pago Móvil, y que elige el Plan en Divisas conociendo que no admite pago en bolívares.
3. Referencia informativa en bolívares
3.1. Cualquier equivalente en bolívares que la Plataforma muestre junto al precio de un Plan en Divisas tiene fines exclusivamente informativos, calculado a la Tasa BCV, y no constituye una oferta de pago en bolívares para ese Plan.
4. Vigencia, renovaciones y cambios
4.1. Este Pacto rige desde su aceptación y se aplica a la contratación inicial del Plan en Divisas y a todas sus renovaciones, extensiones y mejoras posteriores mientras el Plan siga identificado como Plan en Divisas, sin necesidad de nueva aceptación.
4.2. Si Shoppah habilitara el pago en bolívares para un Plan en Divisas, este Pacto dejará de aplicarse a ese Plan desde ese momento, sin perjuicio de los pagos ya realizados.
4.3. Las modificaciones de este Pacto se rigen por la Cláusula 15 de los Términos. Toda nueva versión requerirá aceptación expresa antes de la siguiente contratación de un Plan en Divisas.
5. Aceptación electrónica
5.1. La aceptación de este Pacto mediante la marcación de la casilla correspondiente en la Plataforma produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, de conformidad con la Cláusula 1.2 de los Términos y el Decreto con Rango y Fuerza de Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Shoppah conserva constancia electrónica de la aceptación (versión del documento, fecha y huella del texto aceptado).
5.2. Para notificaciones relativas a este Pacto aplica la Cláusula 16 de los Términos; el correo de contacto es legal@shoppah.app.